Compliance Político versus Compliance Ciudadano: Caso Peruano 2020
Entre noviembre y diciembre de 2013, PROMPERU llevó a cabo un concurso de méritos para seleccionar candidatos a consejeros comerciales en 17 plazas del exterior, cuyo proceso y resultados han sido objeto de críticas e impugnaciones.
Se trata de un tema clave, porque evidentemente el Perú necesita que sus consejeros comerciales sean personas que posean las competencias idóneas para manejarse en cada una de las 17 plazas vacantes. Necesitamos consejeros que asuman un rol protagónico en la función pública en el exterior; es decir, que promuevan y faciliten las ventas de las empresas exportadoras peruanas y que sepan atraer las inversiones que el Perú necesita. En buena cuenta, deben ser buenos vendedores, con conocimiento de la cultura e idiosincrasia del país de destino, con dominio del idioma del país de destino, con capacidad de relacionamiento público, con buena capacidad de análisis económico e inteligencia comercial, con capacidad de formular estrategias, planes operativos a la altura del cargo y de tomar decisiones que ayuden al país a aprovechar ventajas y oportunidades frente a competidores de terceros países.
A pesar de que varios de los candidatos seleccionados que ya han sido acreditados sí cuentan con importantes competencias profesionales, no todos parecieran cumplirlas, debido a que el proceso no estuvo del todo bien diseñado, porque las competencias exigidas podrían haber sido algo genéricas, quizás faltó de la validación técnica de los gremios empresariales en la parte final del proceso (que fue una buena práctica aplicada con anterioridad) y de pronto podríamos considerar que estuvo sujeto a un excesivo grado de discrecionalidad política. Es así que el 50% del puntaje corresponde a criterios subjetivos que se desprenden de una entrevista personal, relegándose a un segundo o tercer plano la importancia del nivel de formación académica, la especialización y experiencias profesionales en comercio exterior y, sobre todo, las competencias propias de tan importantes funcionales desde la gestión pública.
Las competencias exigidas en el proceso no habrían sido sólo genéricas, sino que, además, estuvieron premunidos del carácter “deseables”, por lo que propiamente no constituyeron una exigencia. Varias de las competencias deseables no estaban vinculadas con la función pública a ser desempeñada, por lo que podría haberla cumplido cualquier persona no idónea para esa función.
Otro posible error fue el haber convocado un proceso para la “selección de candidatos” y no para la selección de consejeros. Se quería que el profesional seleccionado cumpliera con requisitos generales y competencias “deseables” para cualquier país, soslayando las competencias específicas afines al país al cual se postula, y que por cierto estuvieron ajenas en las bases. Es así como la decisión de a qué oficina comercial se le encargará al profesional seleccionado, ha quedado a discreción del MINCETUR.
Se contempló como requisito general cumplir con el grado de bachiller o título profesional, sin importar en qué profesión. Es decir, un médico o un profesor de matemática hubieran podido cumplir con ese requisito. Lógico hubiera sido exigir una formación profesional en administración de negocios internacionales, administración de empresas, economía o ingeniería industrial.
Se puso como requisito contar con un máster, magister, maestría o doctorado en algunas de las especialidades citadas en el punto anterior, y otras que no tienen peso específico con el cargo convocado, como por ejemplo derecho, administración de servicios, gestión cultural, patrimonio y turismo, o gestión de empresas turísticas y hoteles. Estas últimas son muy específicas como para corresponder al perfil de un consejero comercial.
Asimismo, se contempló como requisito haber desempeñado cargos jefaturales, gerenciales o directivos por no menos de dos años. Un requisito muy poco exigente, pues se asigna igual valor a un jefe que a un gerente o director, además de admitir que dos años es suficiente experiencia mínima para un cargo estratégico para el Perú, toda vez que solo se otorgaron 10 puntos adicionales en caso de tener más de dicho periodo de experiencia.
De otro lado, verificar el cumplimiento de los requisitos con base en una evaluación curricular en el mismo momento de la revisión de las copias simples que la sustentan, hubiera aportado transparencia, claridad y objetividad desde el inicio del proceso. Revisar los sustentos, luego de realizar las revisiones documentarias curriculares, evaluaciones de competencias, y entrevista personal, se presta a dudas y murmuraciones que hubiera sido preferible evitar.
Como corolario de este proceso, se ha conocido del caso de dos aspirantes de comprobada experiencia en el puesto convocado. De un lado, la Sra. María Del Rosario Pajuelo Escobar, con 13 años de experiencia como Consejera Económico Comercial en Europa, quien obtuvo el 1er puesto en el resultado parcial y, de otro lado, la Sra. Ana María Teresa Deustua Caravedo, con 11 años de experiencia como Consejera Económico Comercial en Estado Unidos y Bélgica, quien curiosamente obtuvo el puesto 27°. La sorpresa fue que en los resultados previos a la entrevista personal (última etapa del proceso), dichas profesionales no fueron consideradas aptas, luego de tener observaciones a la presentación de los documentos que dan sustento a lo indicado en sus hojas de vida, muchas veces bajo criterios burocráticos de funcionarios que tienen miedo de aceptar el uso del sentido común en la lectura de documentos.
Más allá de las críticas y puntos de vista discrepantes de todo el proceso, en suerte muchos de los consejeros acreditados son profesionales con solvencia profesional para el cargo, por lo que no debería detenerse el proceso de implementación de las oficinas comerciales en el exterior, en beneficio del Perú.